sábado, 18 de junio de 2011

El Estado Turco HA COMETIDO DELITO DE GENOCIDIO en perjuicio del Pueblo Armenio, en el período comprendido entre los años 1915 y 1923”.

CARTAS A LA DIRECCION DEL DIARIO

EL LITORAL DE SANTA FE

Diplomacia y genocidio armenio

Señores directores:


Soy lectora de la versión electrónica de El Litoral (desde Buenos Aires) y como descendiente de sobrevivientes del genocidio armenio, quiero hacer llegar mis felicitaciones al diario que ustedes dirigen y en particular al periodista y escritor Rogelio Alaniz, por impedir que caiga en el olvido, una vez más, el genocidio cometido por Turquía contra el pueblo armenio. A poco de cumplirse un nuevo aniversario de dicho genocidio, en el mes de abril, mismo sigue vigente para quienes guardan en su memoria los relatos de los testigos directos.


Del excelente artículo “Diplomacia y genocidio armenio”, publicado por el diario que ustedes dirigen el 25 de enero, que presenta con claridad los argumentos turcos para negar su crimen y la actual situación de la libertad de expresión en Turquía, quiero destacar la idea de separar los intereses de los Estados de las condenas de los intelectuales frente a crímenes contra la humanidad. No obstante, como sostiene el autor de la nota, “No deja de llamar la atención que la presidenta Cristina Kirchner, quien insiste en presentarse como una abanderada de los derechos humanos, se reúna con el primer ministro turco y de hecho garantice que la Argentina oficialmente no va a decir una palabra acerca del genocidio armenio”.


Si bien pensamos que los jefes de Estado deben velar por los intereses de todos sus ciudadanos y no de un sector, es bueno recordar aquí que el crimen en cuestión no atañe solamente al pueblo armenio sino que es un crimen contra la humanidad.


Asimismo, sostenemos que no basta que la Argentina haya reconocido por ley el genocidio armenio. Por haber sufrido nuestro país crímenes similares durante la dictadura militar y por haber dado al mundo un ejemplo de valentía y coraje al juzgar a sus responsables, hubiéramos deseado que nuestra presidenta demostrara que los crímenes de genocidio son imprescriptibles y su condena no está delimitada por la nacionalidad ni por las geografías.


Nélida Boulgourdjian

CI 5.385.197

Opinión
Edición del Jueves 24 de febrero de 2011


El juez federal Norberto Oyarbide

declaró en un histórico fallo con

"entidad de sentencia

definitiva" que "el Estado turco

cometió el delito de genocidio en

perjuicio del pueblo armenio".

Fue entre 1915 y 1923

Declararon que Turquía cometió genocidio contra el pueblo armenio


Foto: Centro de Información Judicial (CIJ)

El juez federal Norberto Oyarbide emitió un fallo en el que

consagró que "el Estado turco cometió el delito

de genocidio en perjuicio del Pueblo Armenio"

entre 1915 y 1923, cuando más de un

millón de ciudadanos de esa

nacionalidad fueron asesinados

por las fuerzas de Estambul.

Además, le reclamó a Turquía que informe sobre

la suerte de familiares de un descendiente de armenios.

Así lo explicó ayer el propio magistrado al dar una

conferencia de prensa en los tribunales federales,

durante la cual casi irrumpió en llanto mientras

leía pasajes de su resolución, sobre la que consideró

que tiene "entidad de sentencia definitiva".

El fallo de Oyarbide se produjo en una causa

iniciada en 2000 a partir de la denuncia

radicada por el escribano Gregorio

Hairabedian, quien aseguró que había sufrido

la pérdida de más de medio centenar de

familiares, para un "juicio por el derecho

a la verdad del Genocidio Armenio".

El magistrado explicó que en su investigación

requirió prueba documental a varios países,

además de recabar testimonios de sobrevivientes

y familiares de las víctimas.

De todos modos, aclaró que su fallo "es de acción declarativa,

de la veracidad de los hechos sometidos, y cuyo

rigor histórico, se encuentra documentado

debidamente".

"No es ni puede ser ésta una proposición de

exhaustivo revisionismo histórico (...) tampoco

es una pieza científica ni antropológica sobre

los exactos alcances de la masacre extendida

a lo largo de ocho años en suelo turco", aclaró

el magistrado.

Por último, Oyarbide juzgó positivamente "la

subsistencia en el orden institucional, de la continua y

pertinaz acción de la comunidad armenia diseminada

por todo el mundo".

Y hasta solicitó al Estado turco que informe al

escribano Hairabedian sobre la suerte de sus

familiares, que vivían en las ciudades de Palú

(Jarput) y Zeitún (Soulemainy).


Una larga investigación
La causa se inició cuando el juzgado estaba a cargo del doctor

Gabriel Cavallo, quien le dio intervención al fiscal Miguel

Ángel Osorio para que se pronuncie sobre la denuncia

realizada por Hairabedian.

Según explicó Oyarbide en el cuerpo del fallo –adjunto en

esta nota-, en 2002 el fiscal Osorio, a cargo de la Fiscalía 10,

instó a la desestimación del pedido en base al

principio de “territorialidad” en la aplicación de

la ley penal.

Y ante una intimación para que se pronuncie al respecto,

el Ministerio Público indicó que no hacía falta un

dictamen de su parte, debido a que no se

afectaban “de modo alguno” los intereses de la

sociedad argentina.

Tras la asunción de Oyarbide, se resolvió

“desestimar la denuncia penal”, y “dar curso a

las averiguaciones de carácter internacional”,

que derivaron en la resolución que hoy declaró

el genocidio turco contra el pueblo armenio.

A partir de allí, el juzgado comenzó con las

averiguaciones, lo que incluyó una serie de exhortos

diplomáticos a distintos países, entre ellos Turquía,

Gran Bretaña, Estados Unidos, Alemania,

Francia, Bélgica, Egipto, Grecia, Siria e Irán.

Incluso se llegó a librar pedidos de información

al Vaticano y la Organización de Naciones

Unidas (ONU), según se especificó en la

resolución conocida ayer.

Asimismo, el magistrado escuchó una serie de

testimonios ofrecidos por el denunciante, para

escuchar a quienes “hubieren tenido

conocimiento ya sea en forma directa y/o

por vía de su ascendencia” de los hechos ocurridos.

Finalmente, Oyarbide realizó una extensa

fundamentación de su resolución, divida en diferentes

capítulos: el territorio armenio, el primer

genocidio, el Panturquismo y la Revolución

de los Jóvenes Turcos y los “paramilitares”

jóvenes turcos. Además, realizó una extensa

descripción del concepto de genocidio y la

jurisprudencia de la Corte Suprema argentina

al respecto.

Oyarbide reconoció en la parte resolutoria

del fallo que se trata de proceso “inusual y

novedoso” y utilizó como suyos parte de las

expresiones realizadas por la querella que

impulsó el caso.

Según la resolución, las causas del genocidio turco

incluyeron cuestiones religiosas, étnicas,

nacionales y geopolíticas.

Puntualmente, el fallo precisó: “…que en las

condiciones y con los propósitos señalados,

el Estado Turco HA COMETIDO DELITO DE

GENOCIDIO en perjuicio del Pueblo Armenio,

en el período comprendido entre los años 1915 y 1923”.

Y agregó: Se ha comprobado con idéntico

rigor probatorio, la preexistencia y el carácter

de víctimas de las familias paterna y materna

de Gregorio Hairabedián”.

“Hágase saber que la presente resolución

declarativa, se encuentra a entera disposición

del querellante, y/o todas las organizaciones,

asociaciones y fundaciones comunitarias

reunidas bajo esa representación en autos,

a los efectos de su comunicación, publicación,

utilización con fines educativos, y/o presentación

ante organismos nacionales, supranacionales

y/o toda otra gestión nacional o internacional,

inherente a la publicidad de los hechos

comprobados y los fines reivindicativos del

Pueblo Armenio en orden a los mismos”,

completó el magistrado.




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